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Anti-Fraud Knowledge Centre

Señales de alerta recomendadas por la CE integradas en las verificaciones de gestión

Contexto y objetivos

El Ministerio para el Desarrollo Regional y Fondos Europeos de la UE y el Ministerio de Trabajo y Sistema de Pensiones han establecido el requisito de que las Autoridades de Gestión (AG) para el Programa Operativo (PO) de Competitividad y Cohesióny el Programa Operativo de Recursos Humanos Eficientes y sus Organismos Intermediarios (OI) utilicen señales de alerta para la realización de sus procedimientos de verificación de gestión. Más específicamente, la Nota informativa de la CE sobre los indicadores de fraude para el FEDER, el FSE y el FC (COCOF 09/0003/00-EN) se ha trasladado a las Reglas Nacionales Comunes (RNC) para el sistema de gestión y control de las autoridades de gestión para la competitividad y la cohesión de los programas operativos.

Las Autoridades de Gestión para los Programas Operativos de Competitividad y utilizan ARACHNE, pero no disponen de otras herramientas informáticas sofisticadas adicionales para la identificación de señales de alerta. En cambio, a nivel nacional, las Autoridades de Gestión para el PO de Competitividad y Cohesión desarrollaron las Reglas Nacionales Comunes que resumen las medidas de lucha contra el fraude y la corrupción tomadas por las autoridades de gestión y las agencias de información.

Las Autoridades de Gestión para el Programa Operativo de Competitividad y Cohesión crearon las RNC con el fin de abordar varios objetivos:

  • Garantizar la existencia de procedimientos eficientes a nivel de competitividad y cohesión del PO, ya que las Autoridades de Gestión tienen una responsabilidad compartida a nivel de la UE en la gestión de los fondos de la UE.
  • Tener una protección adecuada para limitar los riesgos de fraude y corrupción a nivel nacional y de la autoridad de gestión.
  • Para prevenir posibles actividades fraudulentas y corruptas que involucren fondos de la UE.
  • Sensibilizar a los profesionales involucrados en la gestión e implementación de Programas Operativos (PO).

En los Anexos 8 y 9 de la RNC n.º 10 (Gestión de riesgos) se detalla el uso de señales de alerta recomendadas por la CE y señales de alerta personalizadas para las verificaciones de la gestión. Los anexos se establecieron para cumplir los requisitos clave 4 y 7 sobre las medidas específicas de lucha contra el fraude (señales de alerta, autoevaluación del riesgo de fraude) que deben poner en práctica las autoridades de gestión. Estos anexos están disponibles para su consulta y uso por parte de los empleados de las autoridades de gestión y organismos intermediarios. Las autoridades de gestión también ven los Anexos 8 y 9 como instrumentos de sensibilización y desarrollo de capacidades para los organismos intermediarios del primer y segundo nivel involucrados en verificaciones de gestión. Tanto las autoridades de gestión como los organismos intermediarios están utilizando la lista de señales de alerta como una lista completa actualizada de indicadores de riesgo en el trabajo antifraude.

Descripción de la práctica

Las RNC fueron desarrolladas por las autoridades de gestión con la ayuda de la asistencia técnica. Se desarrollaron sobre la base de un conjunto similar de reglamentos para los Fondos Estructurales de la UE desarrollados por las autoridades de gestión para el período de programación 2007-2013. Con la transición a los fondos estructurales en el nuevo período de programación (2014-2020), las autoridades de gestión deben asegurarse de que todos los organismos intermediarios sigan las mismas reglas y procedimientos del RNC y el reglamento de la UE. La RNC fue una herramienta para garantizar la estandarización y la aplicación coherente de las normas y procedimientos relacionados con la gestión de los fondos de la UE y las actividades de lucha contra el fraude.

El trabajo de lucha contra el fraude se distribuye en dos niveles de procedimientos: las normas nacionales comunes y el manual de procedimientos (MoP) de las organizaciones. La RNC incluye procedimientos sobre los temas horizontales (p. ej., evaluación de riesgos), así como la prevención y detección de fraudes y la notificación de irregularidades. Actualmente, la MA tiene 15 RNC diferentes que cubren diferentes temas de la configuración e implementación del sistema de gestión y control. Además de la RNC, cada autoridad y organismo intermedio del sistema tienen su propio manual de procedimientos, que detalla y especifica los procedimientos y reglas de la RNC relacionada con las funciones diarias de estas autoridades. Los manuales internos de procedimientos detallan tareas específicas, responsabilidades y plazos de actividades para cada organización y miembros del equipo.

La aplicación de las RNC en la parte de las señales de alerta se realiza mediante la implementación de indicadores de riesgo de fraude recomendados por la CE, indicadores de riesgo de fraude personalizados o mediante el uso de la herramienta de TI ARACHNE.

La Autoridad de Gestión utiliza la lista de señales de alerta recomendada por la CE, que es una lista extraída de las directrices de la CE sobre evaluación de riesgos de fraude[1] . Básicamente, el Anexo 8 de la RNC sobre gestión de riesgos refleja la plantilla de las Directrices de la CE sobre la evaluación del riesgo de fraude. En 2017 se elaboró el anexo 9 de la RNC sobre indicadores de riesgo específicos. Con base en el análisis realizado con la ayuda de la asistencia técnica, así como en los comentarios recibidos de los OI y los resultados de los controles de la AG realizados durante la verificación de las funciones delegadas, la AG encontró un conjunto de indicadores adicionales de riesgo de fraude que eran específicos al contexto de Croacia y no se incluyeron en la plantilla de la CE ni en el Anexo 8 de la RNC. Con la ayuda de colegas de Letonia que proporcionaron asistencia técnica, la EM desarrolló un conjunto de indicadores de riesgo personalizados además de los indicadores recomendados por la CE.

 

[1]Comisión Europea, Evaluación del riesgo de fraude y medidas antifraude efectivas y proporcionadas, Orientación para los Estados miembros y las autoridades del programa. Junio de 2014, https://ec.europa.eu/regional_policy/sources/docgener/informat/2014/guidance_fraud_risk_assessment.pdf

 

Características únicas

Los indicadores de riesgo de fraude (señales de alerta o banderas rojas) del anexo 9 se fusionan en tres grupos según el área de riesgos de fraude:

  • Contratación Pública
  • Falsificación de documentos
  • Costos laborales y servicios de consultoría

Cada grupo de riesgos de fraude contiene indicadores de riesgo de fraude específicos y ejemplos prácticos sobre cómo se verían dichos indicadores de fraude en la práctica. Por ejemplo, los indicadores de riesgo de corrupción incluyen 12 ejemplos prácticos de comportamiento corrupto. Hace que sea mucho más fácil comprender el indicador de fraude específico y “detectar” dicho comportamiento fraudulento. Además de esto, los términos principales como fraude, corrupción, etc. también se definen y estandarizan para evitar malas interpretaciones y malentendidos entre los OI.

El tipo, grado y frecuencia de las verificaciones que utilizan esas señales de alerta dependen del nivel de riesgo evaluado para el proyecto. Por lo tanto, cuanto mayor sea la percepción de los riesgos de fraude para un proyecto específico, más estrictas serán las verificaciones. Por ejemplo, un proyecto evaluado con un alto grado de riesgo podría estar sujeto a controles sobre el terreno más frecuentes, lo que implica verificaciones más específicas. De esta forma, los anexos 8 y 9 son utilizados por los profesionales como una herramienta adicional durante los controles para detectar conductas, documentos o patrones sospechosos.

Siguiendo las nuevas directrices de la CE que establecen la manipulación de licitaciones[1] Como un tipo de irregularidad que debe corregirse, la AG ha organizado una reunión de red para todos los OI para concienciar sobre la manipulación de licitaciones como riesgo de fraude y cómo detectar dicho riesgo. Siguiendo el interés de los OI, la AG ha incluido la manipulación de licitaciones en los indicadores de riesgo de fraude.

Para dar seguimiento a la implementación y monitoreo de los riesgos de fraude, la AG ha designado coordinadores de riesgos a cargo de coordinar con los gerentes de proyectos de los OI sobre el uso de señales de alerta en sus verificaciones de gestión. Cada autoridad (AG, OI) tiene un coordinador de riesgos designado que es responsable del trabajo antifraude. Los coordinadores de riesgos están formando una red de expertos que se reúnen al menos dos veces al año para intercambiar buenas y malas prácticas, compartir conocimientos y riesgos de fraude. Además, los coordinadores de riesgos participan en tres redes operativas, debatiendo cuestiones relacionadas con las ayudas estatales, la contratación pública y las irregularidades. Después de las reuniones, los coordinadores de riesgos están distribuyendo información relevante en sus organizaciones.

 

[1]Anexo de la decisión de la Comisión por la que se establecen las directrices para determinar las correcciones financieras que deben realizarse en los gastos financiados por la Unión en caso de incumplimiento de las normas aplicables en materia de contratación pública, mayo de 2019, https://ec.europa.eu/transparency/regdoc/rep /3/2019/ES/C-2019-3452-F1-ES-ANEXO-1-PARTE-1.PDF).

 

Productos y resultados

Productos y resultados

 

El requisito de integración de señales de alerta en el sistema de gestión y control en Croacia garantizó un alto nivel de control y verificación de riesgos para la operación de los Fondos EIE. La implementación de las RNC ha reforzado el uso de señales de alerta y la identificación de riesgos de fraude para los programas operativos en el marco de los Fondos EIE.

Por lo general, las Autoridades de Gestión reconocen la mejora de la eficiencia y la coherencia en la prevención y detección de la lucha contra el fraude como resultado del desarrollo de la RNC y sus Anexos 8 y 9. Los indicadores de riesgo también se incluyen en la lista de verificación de las Autoridades de Gestión sobre contratación pública, por lo que es difícil medir el impacto de la introducción de los Anexos 8 y 9 por separado. Las Autoridades de Gestión han visto los resultados positivos de la implementación de la RNC y los indicadores de riesgo de fraude basados en las estadísticas de irregularidades notificadas y sospechas de fraude por parte de los organismos intermediarios. Las últimas estadísticas sobre irregularidades notificadas demuestran una mejor respuesta al riesgo, pero también una mejor conciencia y capacidad de los organismos intermediarios para detectar riesgos de fraude. El Anexo 9 ha demostrado ser una excelente herramienta de prevención y aumentar la alerta de los organismos intermediarios sobre actividades potencialmente fraudulentas. Sin embargo, las irregularidades notificadas y la sospecha de fraude se relacionan principalmente con el conflicto de intereses y el fraude en general.

 

 

Factores claves del éxito

  • El desarrollo de las Reglas Nacionales Comunes debería ser una tarea común entre Autoridades de Gestión, Organismos intermediarios y consultores. Las AG tienen un amplio conocimiento del sistema y los procesos internos que deben tenerse en cuenta, una vez que los organismos intermediarios ayuden a adecuar los procedimientos para que se adapten mejor a los entornos existentes.
  • La participación de los organismos intermediarios en el desarrollo de la RNC aseguró la coherencia de la RNC con el manual de procedimientos individual de cada organismo interdisciplinario.

Desafíos encontrados y lecciones aprendidas

  • Al implementar todos los requisitos de la regulación en un sistema local o nacional, las Autoridades de Gestión deben apuntar a reunir toda la información de una manera práctica y sencilla. Los procedimientos pesados y complejos conducen a una baja aceptación por parte de los organismos interdisciplinarios y a un elevado número de errores.
  • La herramienta de autoevaluación de la CE resultó útil para que las AG garantizaran que todos los procedimientos necesarios están previstos en los manuales de procedimientos de la RNC y de los organismos intermediarios.
  • Las RNC evolucionan constantemente y las actualizaciones reflejan los cambios en la normativa nacional y de la UE, las tendencias del riesgo de fraude (teniendo en cuenta los comentarios de los organismos intermediarios, así como las recomendaciones de auditorías y controles de las funciones delegadas realizadas por las Autoridades de Gestión).
  • Las Autoridades de Gestión consideran que las visitas personales a los organismos intermediarios y la realización de autoevaluaciones son fundamentales para comprender las lagunas de conocimiento de los organismos intermediarios, evaluar mejor el entorno local y los riesgos de fraude y adaptar la RNC a las necesidades de los organismos intermediarios.

Potencial de transferibilidad

  • La RNC y los Anexos 8 y 9 se pueden reproducir y trasladar fácilmente a otros EM.
  • Para garantizar una configuración fluida de la práctica, las Autoridades de Gestión deben trabajar en colaboración con los organismos intermediarios y crear conciencia sobre los procedimientos y las reglas existentes.
16 DE MARZO DE 2021
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